viernes, 6 de diciembre de 2013

SIC publicadas y vigentes

Las siguientes Interpretaciones, publicadas por el Comité de Interpretaciones Permanente (SIC) entre 1997 y 2001, siguen en vigor. 

Todas las demás Interpretaciones del SIC han sido sustituidas por modificaciones en las NIC o por nuevas NIIF emitidas por el IASB:

       SIC 7 Introducción del euro
       SIC 10 Ayudas públicas — Sin relación específica con actividades de explotación
       SIC 15 Arrendamientos operativos — Incentivos
       SIC 25 Impuesto sobre las ganancias — Cambios en la situación fiscal de la  entidad o de sus accionistas
       SIC 27 Evaluación del fondo económico de las transacciones que adoptan la  forma legal de un arrendamiento
       SIC 29 Acuerdos de concesión de servicios: Información a revelar
       SIC 31 Ingresos — Permutas que comprenden servicios de publicidad

       SIC 32 Activos intangibles – Costes de sitios web

Las CINIIF y SIC

Interpretaciones  de  las  Normas  Internacionales  de  Contabilidad SIC


Las CINIIF y SIC son el resultado de la labor de interpretación llevada a cabo por el Comité de Interpretaciones del IASB (antes IASC) sobre sus propias NIC y NIIF. Las interpretaciones elaboradas por el Comité de Interpretaciones y posteriormente aprobadas por el Consejo, forman parte del cuerpo normativo del IASB. Por tanto no puede declararse que unos determinados estados financieros cumplen con las normas internacionales de contabilidad a menos que respeten íntegramente las exigencias de cada norma aplicable, así como de cualquier interpretación que, emitida por el Comité citado, le resulte de aplicación

lunes, 2 de diciembre de 2013

Conclusiones

Conclusión:
  1. De acuerdo a lo establecido por la JUNTEC, en la Resolución          No. JTNCA 001/2010, COMPAÑIA X está dentro de las entidades que deben usar la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Mediana Entidades (NIIF PYME).
2.  La NIIF para PYMES tiene cerca del 10 por ciento del tamaño de los NIIF plenos y contiene aproximadamente solo el 10 por ciento de los requerimientos de revelación de los NIIF plenos. Lo que implica menor uso de recurso humano y económico.
  1. La NIIF para PYMES, al igual que las NIIF completas fue desarrollada por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), que pretende que se aplique a los estados financieros de entidades privadas y entidades sin obligación pública de rendir cuentas.
  2. La NIIF para PYMES es un conjunto auto-contenido de principios de contabilidad que se basan en los NIIF plenos,


Normativa en Honduras en relación a la aplicación de NIIF para las PYMES

Normativa en Honduras

La Junta Técnica de Normas de Contabilidad y de Auditoría, (JUNTEC) es el ente supremo de carácter especializado en Honduras que tiene como misión la adopción y la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Normas Internacionales de Auditoría (NIA´S) y otras normas referentes en la materia, Así como la emisión de acuerdos, resoluciones y decretos que mejoren la aplicación efectiva de las mismas.

Mediante Resolución No. JTNCA 001/2010, según publicación No. 32317 del Diario Oficial la Gaceta el 16 de septiembre de 2010, se resolvió, en el literal segundo inciso c):
Las entidades públicas con fines de lucro o actividades mercantiles y las entidades privadas con o sin fines de lucro que realicen y que emitan estados financieros con propósito de información general usaran en la preparación y presentación de las mismas, la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Mediana Entidades (NIIF PYME).

Literal tercero Inciso b):

Las entidades que deberán utilizar la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Mediana Entidades (NIIF PYME)., se establece como fecha de transición el 1 de enero de 2011 y la fecha de vigencia el 1 de enero de 2012 cuyos estados financieros deberán elaborarse y presentarse siguiendo las bases del reconocimiento, medición, presentación y divulgación establecidos en la citada normativa.

Decision de aplicación de NIIF para las Pymes

En últimas, la decisión relacionada con cuales entidades deben usar el NIIF para PYMES recae en las autoridades regulatorias nacionales y en los emisores de estándares nacionales  y esos cuerpos pueden escoger especificar criterios más detallados de elegibilidad, incluyendo criterios cuantificados basados en ingresos ordinarios, activos, etc.

La entidad puede, pero no está requerida, considerar los requerimientos y la orientación contenidos en los NIIF plenos que se refieren a problemas similares y relacionados. Los siguientes son los tipos de simplificaciones clave que se realizaron:

  • Algunos temas contenidos en los NIIF son omitidos a causa de que no son relevantes para las PYMES típicas;
  • Algunos tratamientos de política de contabilidad contenidos en los NIIF plenos no son permitidos a causa de que para las PYMES está disponible un método simplificado;
  • Simplificación de muchos de los principios de reconocimiento y medición que están en los NIIF plenos;
  • Sustancialmente menos revelaciones; y
  • Lenguaje y explicaciones completamente simplificados.


El resultado de esas simplificaciones es que el NIIF para PYMES tiene cerca del 10 por ciento del tamaño de los NIIF plenos y contiene aproximadamente solo el 10 por ciento de los requerimientos de revelación de los NIIF plenos.

La  NIIF para PYMES no aborda los siguientes temas que se tratan en los NIIF plenos, porque esos temas generalmente no son relevantes para las PYMES:

  • Ganancias por acción;
  • Información financiera intermedia;
  • Presentación de reportes sobre segmentos;
  • Seguros (porque las entidades que le venden al público contratos de seguro generalmente se clasifican como responsables públicamente); y
  • Activos no-corrientes tenidos para la venta (si bien la tenencia de un activo para la venta es citado como potencial indicador de deterioro). 

NIIF plenos Vrs NIIF para PYMES

La NIIF para PYMES es un conjunto auto-contenido de principios de contabilidad que se basan en los NIIF plenos, pero que han sido simplificados para las PYMES.   La NIIF para PYMES ha sido organizado por temas para hacerlo más parecido a un manual de referencia IASB considera que esto es más amigable para los preparadores que son PYME y para los usuarios de los estados financieros de la PYME.

La NIIF para PYMES es para ser usado por entidades que no tengan Contabilidad pública y que estén requeridas a, o escojan, publicar estados financieros de propósito general para usuarios externos. Esencialmente, una entidad se considera que tiene contabilidad pública si:

1.             Sus instrumentos de deuda o patrimonio se negocian públicamente;
2.       Es una institución financiera u otra entidad que, como parte de su negocio primario, tiene activos en una capacidad fiduciaria para un grupo amplio de personas externas. Si los activos son tenidos en una capacidad fiduciaria por razones que sean incidentales para el negocio primario de la entidad, no causará que la entidad tenga contabilidad pública, por ejemplo, servicios públicos, agentes de viaje e inmobiliarios y entidades sin ánimo de lucro.


viernes, 29 de noviembre de 2013

Difeencias entre NIIF PYME y NIIF PYME

Antecedentes:

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), se estableció en 2001, como parte de la Fundación del Comité de Normas internacionales de Contabilidad (Fundación IASC). 

Los objetivos de la Fundación IASC y del IASB son:

(a) Desarrollar, buscando el interés público, un único conjunto de normas contables de carácter global que sean de alta calidad, comprensibles y de cumplimiento obligatorio, que requieran información de alta calidad, transparente y comparable en los estados financieros y en otra información financiera, para ayudar a los participantes en los mercados de capitales de todo el mundo, y a otros usuarios, a tomar decisiones económicas;

(b) Promover el uso y la aplicación rigurosa de esas normas;

(c) Cumplir con los objetivos asociados con (a) y (b), teniendo en cuenta, cuando sea necesario, las necesidades especiales de las pequeñas y medianas entidades y de economías emergentes; y 

(d) Llevar a la convergencia entre las normas contables nacionales y las Normas Internacionales de Contabilidad y las Normas Internacionales de Información Financiera, hacia soluciones de alta calidad. 

Normas Internacionales de Información Financiera
El IASB consigue sus objetivos fundamentalmente a través del desarrollo y publicación de las NIIF, así como promoviendo el uso de tales normas en los estados financieros con propósito de información general y en otra información financiera. Otra información financiera comprende la información, suministrada fuera de los estados financieros, que ayuda en la interpretación de un conjunto completo de estados financieros o mejora la capacidad de los usuarios para tomar decisiones económicas eficientes. El término “información financiera” abarca los estados financieros con propósito de información general y la otra información financiera. Las NIIF establecen los requerimientos de reconocimiento, medición, presentación e información a revelar que se refieren a las transacciones y otros sucesos y condiciones que son importantes en los estados financieros con propósito de información general. También pueden establecer estos requerimientos para transacciones, sucesos y condiciones que surgen principalmente en sectores industriales específicos.

La NIIF para las PYMES 
El IASB también desarrolla y publica una norma separada que pretende que se aplique a los estados financieros con propósito de información general y otros tipos de información financiera de entidades que en muchos países son conocidas por diferentes nombres como pequeñas y medianas entidades (PYMES), entidades privadas y entidades sin obligación pública de rendir cuentas. Esa norma es la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES).

viernes, 8 de noviembre de 2013